La mujer acusaba a su esposo de “infidelidad” y él le reprochaba 
“injurias” varias. El tribunal opinó que nadie “incurre alegremente en 
adulterio y ofensas” y estableció “responsabilidades compartidas” en la 
disolución del vínculo.
“No existe el caso de aquel que alegremente incurre en adulterio o en 
ofensas”, concluyeron los jueces al dictar un fallo en un caso de 
divorcio. La resolución de la Sala G de la Cámara Nacional de 
Apelaciones en lo Civil definió, además, a la ruptura del vínculo como 
una situación en la que “las afecciones resultan mutuas” y confirmó la 
separación legal por “responsabilidad compartida” de ambos cónyuges, 
pese a que la mujer acusó a su marido de “adulterio y abandono” y el 
hombre responsabilizó a la mujer de “injurias”.
“La experiencia enseña que los finales ruinosos de la vida conyugal no 
sólo no se deben a una sola de las partes, sino que las afecciones 
resultan mutuas”, resumieron los jueces Carlos Carranza Casares, Beatriz
 Areán y Carlos Bellucci. En esa línea, evaluaron que “no existe el caso
 de aquel que alegremente incurre en adulterio o en ofensas; ello 
siempre se da en medio de un espectro de zonas grises donde los destinos
 e infidelidades rodean más la confusión de lo trágico que modos 
apolíneos, generadores de respuestas jurídicas”.
El inédito fallo que resuelve la responsabilidad compartida de ambos 
cónyuges llama a la reflexión sobre las circunstancias en que se produce
 el fin del vínculo matrimonial. La mujer acusaba a su ex marido de 
infidelidad y abandono malicioso del hogar, mientras que el hombre 
describía permanentes malos tratos y hostilidades de su esposa.
“El divorcio o la separación personal deben ser enfocados desde la 
perspectiva del futuro que aguarda a los cónyuges, sobre todo cuando, 
habiendo hijos (como es el caso), deben continuar asumiendo los deberes y
 derechos frente a ellos”, sostuvieron los camaristas. “Desde esta 
perspectiva, el divorcio, antes que servir para que los cónyuges, 
mirando hacia su pasado, traten de atribuirse las causas del fracaso de 
su unión, debe constituirse en el remedio para evitar que una 
convivencia imposible perdure cuando ésta no es testimonio de unidad 
familiar”, insistieron.
La resolución descarta, además, que el retiro de uno de los miembros de 
la pareja del hogar pueda considerarse, en sí mismo, un abandono 
“voluntario y malicioso”, ya que “no se configura esa causal cuando 
existen motivos que hacen intolerable la cohabitación, aun cuando las 
conductas no alcancen a constituirse en verdaderas causas de divorcio, 
considerándose entonces motivos razonables para el retiro del cónyuge 
afectado”.
En el caso bajo análisis, “la situación por la que atravesaba el 
matrimonio, incluidas las injurias concretadas por la cónyuge, impiden 
concluir que el alejamiento del hogar por parte del marido hubiera 
tenido por finalidad eludir los deberes matrimoniales”.
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