viernes, 21 de septiembre de 2012

DIVORCIO - TRABAJO DE LA MUJER

El empresario Tomás Constantini y la conocida modelo Lorena Ceriscioli habían llevado a cabo su divorcio debido a las "injurias graves y el abandono voluntario y malicioso del hogar" por parte del joven. Más tarde, la justicia decidió dejar sin efecto el fallo que había decretado la desvinculación con fundamento en la actitud de su esposa de desfilar en ropa interior y considerando que su oficio es inapropiado para una mujer casada. De esta manera, los jueces de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Mauricio Mizrahi, Omar Díaz Solimine y Claudio Ramos Feijóo, revocaron el fallo de primera instancia y decretaron una sentencia favorable para Constantini. La decisión del empresario de abandonar el hogar fue considerada como “acertada” por los magistrados entendiendo que "la salida fue de algún modo concertada con su esposa con el fin de no empeorar las cosas y moverse con prudencia". Por su parte, el juez Mizrahi sostuvo lo siguiente con respecto al empresario: "debido a que el hombre era dueño de la agencia de modelos que llevaban adelante juntos, no podía abandonar el ritmo de trabajo que tenían hasta entonces, a lo cual le adjudica sus constantes salidas nocturnas".

SISTEMA ACTUAL DE DIVORCIO - COMENTARIO MIEMBRO DE LA CORTE

El titular de la Corte Suprema de Justicia de la nación, Ricardo Lorenzetti, afirmó que, con la reforma y unificación del Código Civil y Comercial, el matrimonio seguirá ocupando una posición dominante en el el derecho de familia, aunque se manifestó en contra de las vías legales vigentes para terminar un vínculo, como el causal por incumpliento del deber de fidelidad y o los "divorcios por mutuo acuerdo" entre los cónyuges. "El matrimonio sigue siendo la institución central del derecho de familia. Nosotros no estamos en contra de la fidelidad ni de que el matrimonio se constituya sobre la base de un proyecto de vida en común que incluya la fidelidad", señaló Lorenzetti en una entrevista para el diario La Nación. Sin embargo, agregó que "la fidelidad no puede ser un deber conyugal por una cuestión de técnica jurídica". El juez de la Corte Suprema precisó también que los modos para terminar con este tipo de vínculos no son eficaces. "La experiencia judicial y cotidiana indica que las dos maneras de divorciarse que existen en la Argentina no funcionan. Las audiencias de conciliación en los divorcios de común acuerdo se transformaron en una ficción", explicó. Con respecto a finalizar un divorcio que tiene como causal hechos de infidelidad, Lorenzetti aseguró que el incumplimiento de este deber conyugal tiene como consecuencia "la destrucción familiar, el agotamiento del patrimonio y graves daños a los hijos". "En cambio, se ideó el divorcio como el fin de la decisión de la pareja de la vida en común. Si no hay que presentar una causa para divorciarse, quiere decir que no hay un deber que no se cumple. Es una vía mucho más acorde con lo que pasa en la sociedad" aseguró el titular de la Corte Suprema.