martes, 15 de noviembre de 2011

ALIMENTOS - condena penal al incumplidor

El acusado sostuvo que incumplía con su obligación "porque la mujer ya cobraba un plan social". Además, lo obligaron a terminar los estudios secundarios

La jueza en lo Correccional, de Garantías y Menores de Segunda Nominación de Tartagal condenó a un hombre a seis meses prisión de ejecución condicional, porque se negaba a cumplir con las obligaciones alimentarias de sus hijos.

Además, la jueza Sandra Sánchez le impuso la orden de terminar sus estudios secundarios siguiendo el plan para adultos de tres años. De esta forma resolvió una causa de violencia familiar y omisión de los deberes de obligación alimentaria.

El hombre se negaba a cumplir con la obligación alimentaria aduciendo que su ex concubina "tenía trabajo", aludiendo al cobro de un plan social, indicó el Centro de Información Judicial (CIJ).

"Si ella ya está cobrando, para qué le voy a pasar", dijo el hombre durante la audiencia de debate lo que a criterio de la magistrada manifiesta su irresponsabilidad y convicción de que no tiene obligaciones con sus tres hijos.

Al fundamentar las razones por las que se le impuso cumplimentar su educación secundaria conforme a los planes de educación para adultos en el período lectivo que se iniciará el año próximo, la magistrada recordó que "creer que porque cobra el salario -cuando lo cobra- no tiene más obligaciones, sí es ignorancia total, máxime cuando lo que eventualmente gana lo consume en reuniones de amigos para beber y jugar a las cartas".

De allí que se le impusiera además la obligación de abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y ejercer actos de violencia en contra de su ex pareja, agregó el CIJ.

Y observó particularmente "el efecto negativo de los planes sociales" que se traduce en la falta de incentivo a la búsqueda de trabajo ya que el hombre dijo durante la audiencia que no salía a buscar empleo porque su mujer "ya tiene un beneficio social".

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