martes, 20 de diciembre de 2011

DELITOS CONTRA LA MUJER - FIGURA DE AVENIMIENTO

Un proyecto de ley presentado por dieciocho diputados del interbloque del Frente Amplio Progresista en la Cámara de Diputados de la Nación tiene como objetivo eliminar la figura del “avenimiento” del Código Penal.

Tras el femicidio de Carla Figueroa y a partir de la gran cantidad de ilícitos de ese tipo ocurridos en el presente año, los legisladores consideraron que la extinción de la acción penal por avenimiento es discriminatorio y lesiva a la dignidad de la mujer y “afecta el derecho humano al acceso a la justicia, porque la víctima no puede ejercer su derecho a un debido proceso, a investigar y en definitiva a obtener sentencia que condene eventualmente a su agresor”.

Además, cabe destacar que el interbloque buscará la inclusión del proyecto en las sesiones ordinarias de la Cámara baja. A tal efecto, fue presentada una carta a la Presidente de la Nación a través del actual presidente de la Cámara de Diptados, Julián Domínguez.

De esta manera, se busca eliminar del Código Penal la figura del avenimiento a través de la iniciativa surgida por el impactante asesinato de Carla Figueroa en General Pico a manos de su marido luego de haberle perdonado una violación.

lunes, 19 de diciembre de 2011

FEMINICIDIO

Un juez bonaerense que aplicó los fundamentos de la ley que previene y sanciona la violencia contra la mujer como agravantes de un homicidio, a pesar de que el fiscal no lo había solicitado, reivindicó el derecho de los familiares de las víctimas a reclamar esa medida. El juez de Garantías de Lomas de Zamora Gabriel Vitale, que la semana pasada dio impulso al caso de Fátima Catán, quien en agosto de 2010 murió luego de ser quemada en su casa de Villa Fiorito, explicó a la agencia de noticias Télam que le imputó a Mario Santillán, de 32 años, pareja de la víctima, la autoría de "homicidio en el contexto de violencia familiar", sobre la base de la ley 12.569, que rige en territorio bonaerense para esos casos.
Lo hizo luego de que, durante un año y cuatro meses desde que ocurrió el hecho, el fiscal Ramiro Varangot mantuviera la calificación de "averiguación de causales de muerte".
Dijo del fallo: "Es novedoso desde el punto de vista de que adopté esta decisión sobre la base de un pedido del particular damnificado. Con esto se abren nuevas miradas para los familiares que no encuentran respuesta por parte del fiscal", en relación con el planteo del abogado querellante, Gabriel Juricich.
En su fallo, el magistrado expuso que "el particular damnificado es una figura coprotagonista, a la par de la labor del titular de la acción [el fiscal]", y según el artículo 6 del Código Procesal Penal provincial, sus peticiones "habilitarán al juez o al tribunal a abrir o continuar el juicio, a juzgar y a condenar".
Con respecto a su decisión de imputar el delito sin previo requerimiento del fiscal, como prevé el Código Penal, Vitale recordó que, por ejemplo, el artículo 334 bis da al particular damnificado facultades de continuar una causa cuando hay un pedido de sobreseimiento por parte del Ministerio Público.
"En la provincia de Buenos Aires lo que ocurrió es que, con las últimas modificaciones, el particular damnificado puede acusar en un juicio, aunque no lo haga el fiscal y lograr una condena, y también pedir la elevación a juicio. Es una interpretación que yo realizo, pero si pueden pedir eso, ¿cómo no van a poder pedir la imputación de una persona?", planteó.

Discusión abierta

Consultado sobre si la decisión generó polémica en el ámbito jurídico, aseguró: "La discusión es feroz porque hay jueces muy garantistas que dicen que esto va contra los derechos del imputado".
Según Vitale, el fiscal no solicitó ninguna medida tras su decisión y anticipó que seguramente "se planteará una nueva discusión si el particular damnificado pide la detención" del imputado.
Fátima Catán, que cursaba un embarazo de cinco semanas, fue quemada el 19 de agosto de 2010 en su casa de Murature al 600, Villa Fiorito, donde convivía con Santillán; sufrió lesiones en el 85% del cuerpo y murió al día siguiente.
Según la versión que Santillán dio a la policía poco después del hecho, Fátima estaba limpiando discos compactos con algodón y alcohol, encendió un cigarrillo y se prendió fuego.
El 27 de este mes se hará la reconstrucción del hecho con la presencia del acusado, que ya fue notificado; los bomberos efectuarán un peritaje para intentar determinar cómo sucedieron los hechos.
El juez Vitale explicó a Télam que "en la causa hay once testigos que hablan de la relación violenta que tenía la pareja, y dos de ellos dicen que esa noche se insultaban a los gritos y peleaban".
Los médicos que la atendieron dijeron que la víctima dio dos versiones: que se prendió fuego mientras fumaba al frotarse alcohol en el cuerpo porque le picaba, y que se quemó al manipular una botella de alcohol.

Historias que se repiten

EL CASO TESTIGO
El caso de Wanda Taddei

Eduardo Vázquez, ex baterista de Callejeros, será juzgado en febrero próximo por el homicidio de su esposa, Wanda Taddei, en febrero del año pasado. El fiscal acusó al músico de haber prendido fuego a la mujer en su casa.
CONMOCIÓN EN GENERAL PICO
Violación y asesinato

El 10 de este mes, en General Pico, La Pampa, Carla Figueroa fue asesinada de diez puñaladas por Marcelo Tomaselli. Ocho días éste antes había salido de la cárcel gracias a que Carla, que lo había acusado de violación, aceptó casarse con él..

jueves, 15 de diciembre de 2011

HOMICIDIO AGRAVADO POR EL GENERO

Un juez de Lomas de Zamora imputó a un hombre el “homicidio calificado”, por haber sido cometido en “el marco de la violencia contra la mujer”, de su concubina embarazada, quien en agosto de 2010 murió luego de ser quemada en su casa de la localidad bonaerense de Villa Fiorito.
Alberto Palacio, director del Centro de Protección de los Derechos de la Víctima del Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia de Buenos Aires, informó que la decisión fue adoptada por el juez de Garantías Gabriel Vitale. Según explicaron Palacio y el abogado del particular damnificado, Gabriel Juricich, el magistrado consideró que el homicidio de Fátima Catán (24), que le atribuye a Mario Santillán (32), tiene el agravante de que fue cometido “en el marco de la violencia contra la mujer”.
Los letrados precisaron que el juez adoptó la decisión luego de que ellos presentaran un pedido de cambio de carátula, que hasta hoy el fiscal Ramiro Varangot mantenía como “averiguación de causales de muerte”.
En esa presentación, los abogados reclamaron que el caso sea tratado en el marco de la Ley 26.485 de “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, sancionada el 11 de marzo de 2009.
Juricich también pidió que se anule la declaración testimonial de Santillán por considerar que incurrió en “contradicciones” y que se procese por “encubrimiento” a tres familiares del ahora acusado por alterar la escena del crimen. Los abogados agregaron que el juez Vitale no ordenó la captura de Santillán, aunque sí que el 27 de diciembre próximo se lleve a cabo una nueva reconstrucción del hecho.
De todos modos, Juricich señaló que a partir de la resolución de ayer, el fiscal Varangot puede solicitar la captura de Santillán. “El (por Santillán) me la mató porque estaba embarazada y no quería chicos. No tengo ninguna duda”, expresó Elsa Jerez, la madre de Fátima, emocionada por el fallo del juez.

VIOLACIONES - PROTOCOLO VICTIMAS

El Ministerio de Salud de la Nación presentó ayer un protocolo para la atención integral de personas víctimas de violaciones sexuales, que será distribuido en hospitales públicos del país. Se trata de un instructivo para los equipos de salud, donde se fijan los pasos a seguir. En principio, define que una violación “siempre es urgencia” y debe ser atendida “en forma inmediata”. Establece un tratamiento médico que incluye la atención de las lesiones, medicación para prevenir el VIH/sida y la hepatitis B, y otras infecciones de transmisión sexual, anticoncepción hormonal de emergencia para evitar un embarazo si se está a tiempo de hacerlo o acceso al aborto no punible si es necesario.
En relación con este último punto la guía es bien clara: se le debe informar a la mujer que quedó embarazada producto de una violación que tiene derecho a la interrupción de la gestación y si la solicita, el hospital debe garantizar la práctica.
El protocolo también establece que a las víctimas de violación se les debe ofrecer atención psicológica. “El material fue concebido para evitar que se revictimice a las personas que llegan al hospital luego de haber sido violadas, de manera de brindarles una atención comprensiva y contenedora”, explicó Paula Ferro, coordinadora del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, en cuyo ámbito se elaboró el instructivo. La mayoría de las víctimas de violación son mujeres y niñas.
De todas formas, el protocolo está pensado para atender también a varones, niños y personas trans, aclaró la funcionaria. De acuerdo con las últimas estadísticas oficiales, en 2008 hubo en todo el país 10.604 denuncias por delitos contra la integridad sexual, de las cuales 3367 correspondieron a violaciones.
Para la elaboración del instructivo se tomaron en cuenta las experiencias de otros países como Brasil y Puerto Rico y también de la Ciudad de Buenos Aires y de la provincia de Santiago del Estero, donde ya tienen protocolos hospitalarios implementados. Según informó el ministerio, se imprimieron 20 mil ejemplares que serán distribuidos en los hospitales del país, y al que se puede acceder en línea a través de www.msal.gov.ar/saludsexual.
Un dato importante es que para recibir atención no es necesario que la persona haya denunciado el ataque sexual. Algunas mujeres eligen no hacerlo nunca. Pero también “puede denunciarse hasta varios años después de producida, pues está probado que el impacto emocional, la vergüenza y la culpa hacen que lleve un tiempo diferente a cada persona tomar esta decisión”, advierte el protocolo. La guía indica que se debe ofrecer asesoramiento para denunciar en caso de que la víctima decida hacerlo.
Si bien de los 1051 hospitales de la Argentina, 374 reportan contar con algún dispositivo de atención a víctimas de violencia sexual, Ferro consideró “que es importante que adopten y adapten a sus realidades el protocolo nacional”. La funcionaria confirmó que “elaboramos un plan de trabajo para que las provincias lo apliquen, que además contempla un monitoreo de los casos y un seguimiento”. También está prevista la capacitación a equipos de salud.
La presentación del protocolo estuvo a cargo del subsecretario de Salud Comunitaria nacional, Guillermo González Prieto, y de la experta Silvia Chejter, quien redactó el documento. También participó Ferro y el director nacional de Sida y ETS, Carlos Falistocco.
Según se explicó, la guía de atención fue elaborada a partir de recomendaciones de un comité de expertos convocado por el Ministerio de Salud de la Nación. Además, participaron especialistas de la Asociación Médica Argentina de Anticoncepción, del Programa de Asistencia a Víctimas de Violencia Sexual de la Ciudad de Buenos Aires y referentes de la Sociedad Argentina de Ginecología Infanto Juvenil.
Para mayor información, se puede recurrir a las líneas telefónicas gratuitas de salud sexual 0800-222-3444 y de sida 0800-3333-444, que atienden consultas en casos de violación y derivan a los hospitales que cuentan con la medicación apropiada.

VIOLACION - FIGURA DEL AVENIMIENTO

El juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni cuestionó el instituto del avenimiento, al que calificó como “una pieza arqueológica” del Código Penal. Zaffaroni se refirió así a la figura que le permitió a Marcelo Tomaselli recuperar la libertad luego de haber violado a su pareja, Carla Figueroa, de 19 años, a quien asesinó ocho días después de salir de la cárcel. “¿Por qué el delito de violación es el único que puede tener esa excusa absolutoria? Sería más lógico que lo tuviera el robo: me llevo algo, lo devuelvo, pido perdón, en fin, arreglo la casa un mes, tiene más razón. Pero en la violación con violencia, violación propia, me parece que es una pieza arqueológica que quedó en el Código”, opinó y se sumó así a las múltiples voces críticas que en los últimos días reclamaron la derogación de ese beneficio, por el cual un tribunal puede acceder a perdonar a un violador si la víctima así lo pide, siempre que haya una relación afectiva previa entre ambos y que ella no actúe bajo presión y su consentimiento sea dado de forma libre y plena. Consultado sobre la pena que le podría caber a Tomaselli por el femicidio de su flamante esposa, Zaffaroni recordó que al tratarse de “un homicidio calificado por el vínculo”, le corresponde “prisión perpetua, la pena más grave” prevista en el Código Penal.
Paralelamente, integrantes de los tres bloques legislativos de La Pampa presentaron una denuncia al Jurado de Enjuiciamiento contra los dos jueces del Tribunal de Impugnación que otorgaron el 2 de diciembre el avenimiento a Tomaselli. Los magistrados son Carlos Flores y Gustavo Adolfo Jensen. En la presentación pidieron que se determinen y evalúen las medidas que correspondan acerca de la conducta de los magistrados, al avalar el pedido promovido por el abogado defensor del imputado, Armando Agüero, el penalista más mediático de General Pico. Agüero renunció a la defensa tras el femicidio de la adolescente, ocurrido en la madrugada del último sábado. Tal como informó Página/12, cuatro jueces –los tres integrantes de la Audiencia de Juicio de Pico y el único magistrado que votó en disidencia del Tribunal de Impugnación de La Pampa– y los dos fiscales que investigaron la violación habían advertido que se trataba de una maniobra de la defensa para liberar al acusado y que Carla podría haber sido manipulada y por la propia condición de víctima de un ataque sexual no estaba en condiciones emocionales de dar un consentimiento libre para pedir el avenimiento, como exige el Código Penal.
La denuncia contra Flores y Jensen fue presentada en la mesa de entrada del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa por los presidentes de los bloques del PJ, Daniel Lovera, del Frente Pampeano Cívico y Social (Frepam), Carlos Olivero y de Comunidad Organizada, Sandra Fonseca. Las tres fuerzas consensuaron darle impulso al jury. El martes, un grupo de mujeres y varones pampeanos, indignados por el accionar de los magistrados en el caso, había elevado una nota a la Legislatura en la que reclamaron que sean sometidos a un juicio político por mal desempeño de sus funciones. Ahora será el Jurado de Enjuiciamiento el que determine si se avanza con el jury. El órgano está integrado por el presidente del Superior Tribunal de La Pampa, dos abogados de la matrícula y dos diputados, uno del oficialismo y otro de la oposición.
La vida de Carla Figueroa estuvo signada por la violencia machista desde la cuna. Cuando tenía ocho meses de vida, su papá asesinó a su mamá, y ella, desde entonces, fue criada por su abuela materna. A los 15 años quedó embarazada de Tomaselli. Mantuvieron una relación afectiva, pero en marzo la pareja se separó. Un par de meses después, él fue a buscarla a la salida de su trabajo con la excusa de conversar, la llevó a un descampado y la violó amenazándola con un cuchillo. Se le imputó el delito de “abuso sexual agravado por el uso de arma”, con una pena de 8 a 20 años de prisión. Cuando el caso ya iba a ser elevado a juicio oral y las pruebas en su contra eran contundentes de acuerdo con la investigación que llevó adelante la fiscal Ivana Hernández, la defensa de Tomaselli propuso el avenimiento y Carla aceptó, a pesar de que había manifestado mucho temor de que su ex pareja recuperara la libertad. De hecho, en los últimos días se conoció una entrevista que había dado a un canal de La Pampa poco después de la violación, donde expresaba claramente ese miedo. El planteo del avenimiento fue rechazado por unanimidad en primera instancia el 4 de octubre por la Audiencia de Juicio de General Pico: los tres jueces consideraron que la adolescente no estaba en condiciones de dar un consentimiento en forma libre y plena por la violencia sufrida. La pareja apeló el 18 de octubre y el 28 de ese mes se casó. Finalmente, el Tribunal de Impugnación de La Pampa, con los votos de Flores y Jensen, concedió el beneficio a Tomaselli en fallo dividido. Y a los ocho días de recuperar su libertad, el joven asesinó a su flamante esposa.

DIVORCIO - INJURIAS GRAVES DE LA MUJER

La Cámara Civil decretó el divorcio de un matrimonio porque la mujer no comprendía ni trataba con "delicadeza" a su marido, y buscó una excusa para irse a vivir con otro.

El divorcio fue decretado por culpa exclusiva de la mujer por las causales de "adulterio, injurias graves y abandono voluntario del hogar".

El fallo dictado por la sala J de la Cámara Civil consideró los argumentos del hombre, que sostenía que su esposa lo sometía a "agresiones verbales, respuestas ofensivas y actitudes hostiles", lo que representaba "desconsideración y desprecio".

Las juezas Zulema Wilde y Beatriz Verón dieron por probada "la falta de comprensión y delicadeza" de la mujer hacia su cónyuge, y determinaron que esas actitudes habían "excedido el límite normal de tolerancia y de respeto mutuo, por lo que deben ser considerados hechos violatorios y configurativos de las injurias graves".

La propia mujer reconoció que en el marco de las reiteradas discusiones que sostenían "le decía boludo... cosas así".

Pero el tribunal mensuró, además, que la mujer le había sido infiel a su marido, cuando estaban distanciados, no formalmente separados. Alegando que debía cuidar a su madre enferma en el interior del país, la mujer se había mudado con su amante a la casa de su progenitora.

lunes, 5 de diciembre de 2011

DEUDORES ALIMENTARIOS - PUBLICIDAD

Ser padre es una responsabilidad que se asume de por vida. Si la pareja no funciona, el vínculo parental no tiene por qué romperse. Después de una separación, se establecen nuevas pautas y se fijan obligaciones, como la cuota alimentaria para el padre no conviviente. Según estimaciones, el 70 por ciento no la cumple.
De esta realidad surgen los registros de deudores alimentarios. El primero fue en la Ciudad de Buenos Aires en 1999. Actualmente, hay además, en Río Negro, Catamarca, Chubut, Chaco, Salta, Misiones, San Luis, Buenos Aires, Tierra del Fuego, Santa Fe, San Juan, Córdoba, Santa Cruz y Mendoza.
En esta provincia se lleva a cabo una experiencia inédita: la publicación en los principales diarios provinciales, una vez al mes, de la lista de deudores. La medida abrió el debate sobre la eficacia de la sanción social.
El registro mendocino existe desde 2001 y tiene 315 inscriptos. “La tasa de desempleo aquí alcanza el 4 por ciento, por eso consideramos que la ausencia de ingresos no es un motivo para incumplir”, explica el ministro de Gobierno provincial, Félix González. La difusión del listado, sostiene, “es un mecanismo que aporta a su buen funcionamiento porque el control social es una importante influencia para que regularicen su situación”. Se va notando: seis padres se pusieron al día y también se incrementaron las consultas para denunciar las irregularidades. Son morosos aquellos que no abonan lo acordado durante tres meses consecutivos o cinco alternados. El ingreso y egreso del registro depende del juez.
En la mayoría de estas bases de datos –locales, aún no hay un registro nacional– quienes figuran son sancionados en cuestiones que “limitan la actividad laboral y comercial, la transferencia de bienes; se les prohíbe obtener licencias de conducir y se restringe el acceso a los cargos públicos”, detalla Claudio Belluscio, abogado especialista en derecho de familia. Su colega Leonardo Glikin añade: “La Justicia es demasiado laxa porque no hay, habitualmente, penalidades efectivas para quien incumple el deber de asistencia familiar”.
Contagio. Al menos en dos provincias, se analiza replicar la experiencia de Mendoza. El diputado provincial de La Rioja Guillermo Galván (UCR) presentó un proyecto para dar a conocer la lista de deudores a través de una página web creada especialmente y “de los medios públicos de comunicación en forma obligatoria”.
Para los privados, se canalizaría a través de la pauta oficial. “Apuntamos al moroso que incumple a sabiendas, de mala fe”, explica. Las críticas apuntan a una posible ‘intromisión’ en la privacidad: “A mi juicio, prima el derecho del menor a ser asistido por sobre el derecho a la intimidad”. Hasta el momento, hay 200 personas inscriptas en el registro riojano, que es de acceso limitado. La propuesta se está discutiendo en comisión y se espera poder tratarla sobre tablas en la sesión del 15 de diciembre. “Queremos despertar la conciencia dormida en este tema”, resume Galván.
Por su parte, en San Juan, los diputados Rosalía Garro y Horacio Espejo propusieron que el registro sea publicado en la página web del Ejecutivo. No hubo despacho porque no se logró un acuerdo y van a insistir en el próximo período parlamentario.
En la Ciudad de Buenos Aires, con 2.500 anotados en el registro, se establecieron convenios con ocho cámaras empresariales para que las compañías pidan el certificado de libre deuda antes de contratar a alguien. De esta manera, se involucra al sector privado.
En Salta, se pega un papel con los nombres de los deudores en la planta baja del Poder Judicial. O sea: es público, pero está en un lugar demasiado específico. “Lo de Mendoza me parece maravilloso, porque si no la ley termina siendo una ficción jurídica”, señala Ana María Carriquiry, abogada de familia.
Belluscio remarca que hay pocas inscripciones con relación al número real de deudores. “Los registros son una herramienta más, pero tampoco la panacea”, reconoce. En el mismo sentido, Glikin destaca la necesidad de que la sociedad colabore y “que se asiente el incumplimiento en informes como el Veraz o que haya otro tipo de repudios, como el quite de tarjetas de crédito, por ejemplo”.
Las víctimas de esta situación son niños y niñas. “Buscamos que no sean la variable de ajuste de la disputa del matrimonio”, remarca Galván. Se pretende un cambio de comportamiento, que implica hacerse cargo. “Tiene que ser una sanción que eduque –sintetiza Carriquiry– . Porque en son de proteger la intimidad, los chicos siguen sin comer.”